No se puede plantear por primera vez la prescripacion en casacion. Esta debe presentarse por ante los jueces que conocen el fondo del asunto.
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Considerando, que siendo la prescripcion laboral de estricto interes privado, el Juez a-quo no podia declarar prescrtas las horas extras reclamadas por el recurrido, debiendo haber sido planteada dicha prescripcion por la recurrente, lo cual no hizo ante los Jueces del fondo y en consecuencia, no puede presentarla por primera vez en casacion, por lo que la violacion atribuida a la sentencia impugnada en ese sentido es inexistente.