Obligaciones del empleador por Enfermedad del empleado.
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Cuando el trabajador no esté asegurado por falta del empleador, éste último cargará con los gastos médicos y las indemnizaciones correspondientes, en caso contrario es a la SISALRIL que le corrresponde pagar el subsidio por enfermedad y a la ARS a que este afiliado las atenciones medicas necesarias. (Art. 52 C.T.)