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18-06-2010 | 04:06:58 AM | atras Volver

Plazo Disfrute Vacaciones

Plazo para el disfrute y Reclaciones de Vacaciones.

La empresa tiene la obligación de permitir el disfrute de vacaciones a sus empleados en un plazo de 6 meses después que les corresponden. Al respecto el trabajador podrá reclamar cualquier beneficio o derecho que haya nacido dentro del último año de servicios (Art. 704, C.T.). Por lo tanto las vacaciones si no son disfrutadas por el empleado o pagadas por el empleador, el derecho del empleado a reclamarlas prescribe al año.  



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